
El abonado ya no es solo una decisión agronómica: también es un registro obligatorio. El Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, de normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, obliga a anotar cada aporte de nutrientes y a trabajar con un plan de abonado. La norma se ha modificado en varias ocasiones, la última por el Real Decreto 934/2025, de 21 de octubre, que reordenó plazos y requisitos. Esta guía resume lo que pide hoy la norma para el registro de fertilización y cómo llevarlo en una explotación de cultivo intensivo.
Quién tiene que registrar
El artículo 4.1 obliga al titular de la explotación a anotar en la sección «Fertilización» del cuaderno de explotación cada operación de aporte de nutrientes o materia orgánica. Quedan exceptuadas, según ese mismo artículo:
- Las explotaciones con 5 hectáreas o menos de cultivos permanentes y tierras de cultivo y, como máximo, 1 hectárea de regadío.
- Las explotaciones que solo tienen pastos y no los fertilizan.
Hay matices: una explotación exceptuada que fertiliza pastos o que tiene invernaderos de más de 0,1 hectáreas sí tiene que anotar esas superficies. En cultivo intensivo, con regadío y a menudo bajo plástico, lo normal es que la obligación te alcance.
En qué plazo y en qué formato
Cada operación se anota en un plazo no superior a un mes desde que se realiza. El artículo 5 tiene en cuenta los cultivos intensivos y la fertirrigación: cuando los aportes son periódicos, las dosis y fechas se pueden agrupar por quincenas o sustituir por un informe mensual. Es una ayuda real cuando se abona con cada riego.
El cuaderno se debe poner a disposición de la autoridad competente en el plazo de un mes si te lo pide. En cuanto al formato, la norma permite llevarlo en papel o en digital y se remite al Real Decreto 1054/2022, que regula el cuaderno digital. Tras el Real Decreto 34/2025, la llevanza electrónica del cuaderno es voluntaria salvo que una norma sectorial la exija. Hoy esa exigencia está fijada para los tratamientos fitosanitarios a partir del 1 de enero de 2027, no para la fertilización. Aun así, si ya vas a llevar en digital los tratamientos, tiene poco sentido mantener la fertilización en papel.
Qué datos hay que anotar de cada aplicación
El anexo III del Real Decreto 1311/2012, en su sección de fertilización y riego, recoge los datos de cada aplicación por unidad homogénea de cultivo:
| Dato | Comentario práctico |
|---|---|
| Fecha de la aplicación | En fertirrigación, se puede agrupar como se ha dicho. |
| Superficie | La realmente abonada, no la de la finca. |
| Tipo de aporte | Enmienda, abonado de fondo o de cobertera. |
| Tipo de material | Producto fertilizante, estiércol sólido, purín u otros materiales previstos en el Real Decreto 1051/2022. |
| Proveedor de otros materiales | Empresa suministradora y su código o NIF, cuando corresponda. |
| Forma de aplicación | Por ejemplo, fertirrigación por goteo o aspersión. |
| Maquinaria | Opcional, con su número de registro cuando proceda. |
| Valor agronómico | Riqueza en nitrógeno (por formas), fósforo y potasio del material. |
| Dosis por hectárea | Cantidad aplicada. |
| Empresa de servicios | Si la aplicación no la hace el titular. |
| Datos del agua de riego | En regadío y cuando se den los supuestos del artículo 17 del RD 1051/2022: nitrógeno y fósforo del agua y agua aportada por riego. |
A esto se suman los datos de suelo que pide la norma (pH, fósforo y potasio asimilables y materia orgánica), que salen de los análisis de suelo.
El plan de abonado
El registro dice lo que hiciste; el plan de abonado dice lo que ibas a hacer y por qué. Según el artículo 4.2, el plan es obligatorio para cada unidad de producción a partir del 1 de septiembre de 2026, con una fecha anterior (1 de enero de 2026) para el regadío sembrado o plantado entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2026. Están exceptuadas, entre otras, las unidades de 10 hectáreas o menos de secano y las dedicadas solo a pastos o forrajes para autoconsumo.
Según el artículo 6, el plan tiene que incluir como mínimo:
- La identificación de los recintos.
- Los datos de suelo (materia orgánica, nutrientes y, si procede, contaminantes).
- La consideración de las lluvias habituales y, en regadío, del agua disponible.
- Las dosis recomendadas, el momento de aporte, el tipo de abono, la forma de aplicación y la maquinaria.
- Las medidas para reducir las emisiones de amoniaco y gases de efecto invernadero.
El plan se puede modificar durante la campaña. Además, la norma prevé el asesoramiento de un técnico acreditado en fertilización, que se va exigiendo de forma escalonada después del plan de abonado, antes en zonas vulnerables a nitratos que en el resto. Comprueba con tu comunidad autónoma las fechas que te afectan.
Cómo llevarlo sin que sea una carga
- Ten los análisis de suelo al día y vinculados a cada parcela o recinto.
- Haz el plan antes de la campaña, por parcela o grupo homogéneo, con las necesidades estimadas.
- Prepara órdenes de abonado a partir del plan, por sector de riego.
- Registra lo aplicado, no lo previsto. Si en fertirrigación hay cambios, que queden.
- Cierra cada quincena o cada mes el registro de fertirrigación.
- Compara plan y realidad al final de la campaña: es la base del plan siguiente.
Errores frecuentes
- Anotar la riqueza del abono «de memoria» en lugar de la de la etiqueta del producto.
- Registrar por finca cuando cada sector recibe un abonado distinto.
- Olvidar las enmiendas orgánicas o el estiércol, que también son aporte de nutrientes.
- No dejar constancia del agua aportada en cada riego cuando la norma lo exige.
- No guardar el plan, o hacerlo y no modificarlo cuando la campaña cambia.
Abonado y riego en GAP
GAP prepara las órdenes de riego y abonado como apoyo técnico para decidir en el campo: cada orden indica los sectores a aplicar, el método de riego, la ETO y el tiempo de riego calculado, con gestiones específicas por parcela y sector. Los productos aplicados se controlan por finca, variedad y parcela, y salen del mismo circuito de stock y almacenes, de los pedidos al consumo.
Como el abonado es también un dato económico, se refleja en los costes por parcela junto con la mano de obra y el inmovilizado.


