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Qué es

¿Qué es el cuaderno de explotación?

Es el registro de los tratamientos fitosanitarios que cada explotación agraria tiene que mantener actualizado. Lo regula el artículo 16 del Real Decreto 1311/2012, que hoy lo llama «Cuaderno Digital de Explotación Agrícola». En el campo se le sigue llamando cuaderno de campo o cuaderno de explotación.

Sirve para saber qué se aplicó, dónde, cuándo, contra qué y quién lo hizo. Los cuadernos de producción integrada, de producción ecológica o de los sistemas certificados también valen como registro si llevan, como mínimo, los datos que pide la norma.

Qué debe llevar

Los datos que debe llevar el cuaderno de explotación

El anexo III del Real Decreto 1311/2012 fija la información mínima en el ámbito agrario:

Datos de la explotación

Nombre, dirección y número de registro de la explotación, su titular, el personal con carné de aplicador o de asesor y los equipos de tratamiento propios, con su inscripción en el ROMA y su última inspección.

Parcelas

Número de identificación, referencia SIGPAC, superficie en hectáreas, uso, especie y variedad en los cultivos leñosos, secano o regadío y aire libre o protegido. También los datos del suelo.

Cada tratamiento

Fecha, parcela, plaga que se quiere controlar, aplicador y asesor, cultivo y variedad, superficie tratada, producto con su nombre comercial y número de registro, equipo y cantidad utilizada.

Eficacia y observaciones

La valoración de la eficacia del tratamiento y otras observaciones. El anexo tiene además un apartado para la fertilización y el riego.

Papel o digital

El cuaderno de campo en papel y en digital

Los profesionales del ámbito agrario pueden llevar el registro de tratamientos en papel hasta el 31/12/2026. Desde el 01/01/2027 tiene que llevarse en formato electrónico (Real Decreto 1311/2012, modificado por el Real Decreto 1039/2025, BOE del 20/11/2025).

En formato electrónico, los datos se vuelcan en la aplicación que habilita la autoridad competente en el plazo de un mes desde cada tratamiento. Los registros y su documentación (asesoramiento, inspección de los equipos, contratos, facturas y análisis de residuos) se guardan al menos 3 años. Lo que pasa a ser obligatorio en digital es el registro de los tratamientos fitosanitarios: el resto del cuaderno digital de explotación sigue siendo voluntario mientras dure la PAC 2023-2027 (Real Decreto 34/2025).

La fertilización también se apunta: desde el 01/01/2026 hay que registrar todas las labores de fertilización en el cuaderno, en papel o en digital, con las excepciones que fija el Real Decreto 1051/2022 (nota del Ministerio de Agricultura del 21/10/2025). Lo explicamos en la guía de fertirrigación.

Con GAP

Cómo lleva GAP tu cuaderno de campo

En GAP los tratamientos se apuntan desde la propia orden de tratamiento, por finca, variedad y parcela, con sus artículos, plazos de seguridad, plagas y materias activas. Así el cuaderno se llena con el trabajo del día a día y no al final de la campaña.

  • Explotaciones y parcelas importadas del Registro de Explotaciones Agrarias (REA).
  • Órdenes de tratamiento, riego y abonado por parcela y sector de riego.
  • Partes del campo con una foto, un audio o un mensaje, con los partes con IA.
  • Trazabilidad de los productos, desde el pedido al proveedor hasta la aplicación en campo.

Y los tratamientos se comunican al cuaderno digital (CUE) a través del servicio oficial de tu comunidad autónoma, como productor o como entidad habilitada.

Orden de tratamientos fitosanitarios en GAP: destinos por finca, variedad y parcela, artículos con plazo de seguridad, plagas, aplicaciones y firmas

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Hablamos? Llámanos959 54 07 12
¿Qué es el cuaderno de explotación?

El registro de los tratamientos fitosanitarios que cada explotación agraria tiene que mantener al día, con los datos de la explotación, de sus parcelas y de cada tratamiento. El Real Decreto 1311/2012 lo llama «Cuaderno Digital de Explotación Agrícola».

¿Es obligatorio llevar el cuaderno de campo?

Sí. Cada explotación agraria tiene que mantener actualizado su registro de tratamientos fitosanitarios (artículo 16 del Real Decreto 1311/2012).

¿Puedo seguir llevando el cuaderno de campo en papel?

El registro de tratamientos, hasta el 31/12/2026. Desde el 01/01/2027 tiene que ser electrónico (Real Decreto 1039/2025).

¿Cuánto tiempo hay que guardar el cuaderno de campo?

Al menos 3 años, con su documentación: asesoramiento, certificados de inspección de los equipos, contratos, facturas y análisis de residuos.

¿Hay que apuntar también el abonado?

Sí. Desde el 01/01/2026 hay que registrar las labores de fertilización en el cuaderno, en papel o en digital, salvo las excepciones que fija la norma.

¿Cómo pido información?

Con el formulario de contacto o llamando al 959 54 07 12.

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