Datos de la explotación
Nombre, dirección y número de registro de la explotación, su titular, el personal con carné de aplicador o de asesor y los equipos de tratamiento propios, con su inscripción en el ROMA y su última inspección.
Guía · RD 1311/2012
El Real Decreto 1311/2012 obliga a cada explotación agrícola a llevar al día un cuaderno de explotación, el cuaderno de campo, con sus parcelas y los tratamientos fitosanitarios que aplica. Te contamos qué datos debe llevar y qué cambia el 01/01/2027.
Qué es
Es el registro de los tratamientos fitosanitarios que cada explotación agraria tiene que mantener actualizado. Lo regula el artículo 16 del Real Decreto 1311/2012, que hoy lo llama «Cuaderno Digital de Explotación Agrícola». En el campo se le sigue llamando cuaderno de campo o cuaderno de explotación.
Sirve para saber qué se aplicó, dónde, cuándo, contra qué y quién lo hizo. Los cuadernos de producción integrada, de producción ecológica o de los sistemas certificados también valen como registro si llevan, como mínimo, los datos que pide la norma.
Qué debe llevar
El anexo III del Real Decreto 1311/2012 fija la información mínima en el ámbito agrario:
Nombre, dirección y número de registro de la explotación, su titular, el personal con carné de aplicador o de asesor y los equipos de tratamiento propios, con su inscripción en el ROMA y su última inspección.
Número de identificación, referencia SIGPAC, superficie en hectáreas, uso, especie y variedad en los cultivos leñosos, secano o regadío y aire libre o protegido. También los datos del suelo.
Fecha, parcela, plaga que se quiere controlar, aplicador y asesor, cultivo y variedad, superficie tratada, producto con su nombre comercial y número de registro, equipo y cantidad utilizada.
La valoración de la eficacia del tratamiento y otras observaciones. El anexo tiene además un apartado para la fertilización y el riego.
Papel o digital
Los profesionales del ámbito agrario pueden llevar el registro de tratamientos en papel hasta el 31/12/2026. Desde el 01/01/2027 tiene que llevarse en formato electrónico (Real Decreto 1311/2012, modificado por el Real Decreto 1039/2025, BOE del 20/11/2025).
En formato electrónico, los datos se vuelcan en la aplicación que habilita la autoridad competente en el plazo de un mes desde cada tratamiento. Los registros y su documentación (asesoramiento, inspección de los equipos, contratos, facturas y análisis de residuos) se guardan al menos 3 años. Lo que pasa a ser obligatorio en digital es el registro de los tratamientos fitosanitarios: el resto del cuaderno digital de explotación sigue siendo voluntario mientras dure la PAC 2023-2027 (Real Decreto 34/2025).
La fertilización también se apunta: desde el 01/01/2026 hay que registrar todas las labores de fertilización en el cuaderno, en papel o en digital, con las excepciones que fija el Real Decreto 1051/2022 (nota del Ministerio de Agricultura del 21/10/2025). Lo explicamos en la guía de fertirrigación.
Con GAP
En GAP los tratamientos se apuntan desde la propia orden de tratamiento, por finca, variedad y parcela, con sus artículos, plazos de seguridad, plagas y materias activas. Así el cuaderno se llena con el trabajo del día a día y no al final de la campaña.
Y los tratamientos se comunican al cuaderno digital (CUE) a través del servicio oficial de tu comunidad autónoma, como productor o como entidad habilitada.

El registro de los tratamientos fitosanitarios que cada explotación agraria tiene que mantener al día, con los datos de la explotación, de sus parcelas y de cada tratamiento. El Real Decreto 1311/2012 lo llama «Cuaderno Digital de Explotación Agrícola».
Sí. Cada explotación agraria tiene que mantener actualizado su registro de tratamientos fitosanitarios (artículo 16 del Real Decreto 1311/2012).
El registro de tratamientos, hasta el 31/12/2026. Desde el 01/01/2027 tiene que ser electrónico (Real Decreto 1039/2025).
Al menos 3 años, con su documentación: asesoramiento, certificados de inspección de los equipos, contratos, facturas y análisis de residuos.
Sí. Desde el 01/01/2026 hay que registrar las labores de fertilización en el cuaderno, en papel o en digital, salvo las excepciones que fija la norma.
Con el formulario de contacto o llamando al 959 54 07 12.
GAP
Los tratamientos de GAP se comunican al cuaderno digital (CUE) a través del servicio oficial de tu comunidad autónoma.
Compras, ventas y facturación, almacenes, costes y personal junto a la gestión del campo.
Una foto del parte, un audio o un mensaje se convierten en jornadas, tareas y tratamientos.
Costes por finca, variedad o parcela, por artículo o por tarea, con mano de obra e inmovilizado.
Órdenes de riego, abonado y tratamientos por parcela, con sus productos y materias activas.
Aforos, análisis de frutas, calibres, albaranes de venta, diario de recolección y valoración final.
Trazabilidad de los productos, GlobalG.A.P. y producción integrada, stock y almacenes.
Qué es la fertirrigación, qué pide el Real Decreto 1051/2022 y cómo se registra el abonado.
GAP
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